Nebrija Investiga
Comité de Ética en Investigación

La Universidad Antonio de Nebrija, consciente de su responsabilidad ante la sociedad y, en consecuencia, constituyó en 2002 un Comité de Ética de la Investigación, con el fin de proporcionar una respuesta ágil y efectiva a las necesidades actuales o que en el futuro se planteen respecto de la investigación científica desarrollada en su ámbito, en orden a la protección de los derechos fundamentales de las personas, el bienestar de los animales y el medio ambiente y al respeto a los principios y compromisos bioéticos asumidos por la comunidad científica y por los Estatutos de la Universidad.
Actividades del Comité de Ética de la Investigación
El CEI se reúne periódicamente para evaluar los proyectos de investigación que se presentan a diferentes convocatorias y emitir los informes preceptivos cuando sean necesarios. También se ocupa de velar por el cumplimiento de las buenas prácticas de investigación y de elaborar informes para los órganos de gobierno sobre los problemas éticos en la investigación y la docencia cuando sean requeridos.
Solicitud de evaluación CEI – CB -CEA
¿Necesita mi proyecto ser evaluado por un Comité?
- Si la investigación conlleva estudios con seres humanos, con muestras humanas o recogida de datos personales de seres humanos requerirá informe del Comité de Ética (CEI).
- Si la investigación conlleva estudios con agentes biológicos o estudios con organismos genéticamentemodificados requerirá informe del Comité de Bioseguridad (CB)informe del Comité de Bioseguridad (CB).
- Si la investigación conlleva estudios con animales de experimentación requerirá informe del Comité de Experimentación Animal (CEA).
Composición
Presidente
- Dra. Natalia Arias (Departamento de Psicología).
Secretario
- Dr. Bernhard Angele (Departamento de Educación).
Vocales
- Dr. Santiago Budria (Departamento de Administración y Dirección de Empresas).
- Dra. Nieves Cubo (Departamento de Informática).
- Dr. Rafael Barea (Departamento de Ingeniería Industrial).
- Dr. Iker López (Departamento de Arquitectura).
Suplentes
- Andrés Arenas (Departamento de Administración y Dirección de Empresas).
- Clara Matutano y Christian Velasco-Gallego (Departamento de Informática).
- Roberto Álvarez y Juan Jose Coble (Departamento de Ingeniería Industrial).
- Alicia Luque (Departamento de Educación).
- Sara Uceda, María Nuñez (Departamento de Psicología).
- Patricia Benítez (Departamento de Arquitectura).
Funciones de los cargos del CEI
Corresponde al Presidente:
- Presidir las reuniones del Comité.
- Visar las actas de las reuniones del Comité.
- Elaborar, junto con el Secretario, la memoria anual del Comité.
- Velar por la consecución de los objetivos asignados al Comité.
- Realizar cuantas funciones sean inherentes a su condición de Presidente del Comité Ético de Investigación.
Son funciones del Secretario:
- Efectuar la convocatoria de las reuniones por orden del Presidente y las citaciones correspondientes.
- Redactar las actas de las reuniones.
- Expedir certificaciones de los dictámenes y acuerdos adoptados.
- Redactar y firmar junto con el Presidente la memoria anual del Comité.
- Realizar cuantas otras funciones sean inherentes a su condición de Secretario.
Son funciones de los vocales del Comité:
- Asistir a las reuniones a las que hayan sido convocados.
- Evaluar la documentación correspondiente para su posterior valoración por el Comité.
- Aquellas que les sean asignadas por el Presidente.
Fechas de presentación de proyectos
Se deben presentar con una antelación de 10 días naturales.
Fechas Reuniones 2025
- 17 de enero
- 14 de febrero
- 14 de marzo
- 11 de abril
- 16 de mayo
- 13 de junio
- 11 de julio
- 15 de agosto
- 12 de septiembre
- 10 de octubre
- 14 de noviembre
- 12 de diciembre
Presentación de solicitudes
Para presentar las solicitudes es necesario enviar la documentación adecuada a la solicitud a la dirección del cei: cei@nebrija.es.
Documentación y formularios
Si la investigación utiliza datos o muestras procedentes de un proyecto ya informado por un Comité de Ética ya reconocido oficialmente, su responsable remitirá también dicho informe/s al Comité.
Instrucciones para la cumplimentación:
- Se cumplimenta una solicitud por cada proyecto a evaluar.
- El investigador principal (IP) del proyecto deberá considerar aquella información relevante desde el punto de vista ético y/o de bioseguridad.
Nota:
- Debe rellenar todos los apartados del formulario. No se admitirán meras referencias al apartado o página de la memoria en la que se encuentra la información.
- Se podrán dirigir las consultas relacionadas con los Comités a la siguiente dirección electrónica: cei@nebrija.es.
Tramitación:
- La secretaría del Comité de Ética en la Investigación de la UNNE, una vez recibida la documentación y de forma previa a su evaluación, confirma la recepción de la misma y comunica, cuando sea necesario, la necesidad de aportar documentación o información adicional. Una vez completo el expediente se remitirá para su evaluación al Comité o los Comités adecuados.
- La evaluación definitiva por el Comité correspondiente da lugar a la emisión de un informe justificado, copia de la cual se remite al Comité de Ética en la Investigación de la UNNE, y al IP o responsable del proyecto.
- Es requisito obligatorio tener un Informe Favorable del o los Comités correspondientes y de cualquier otra instancia necesaria, para poder comenzar a ejecutar la actividad propuesta.
- Documentación:
Ejemplos Consentimientos para proyectos de Ciencias Sociales o humanas
Formulario Solicitud ProyectosFormulario Solicitud Proyectos en Biomedicina
Legislación aplicable
Protección de datos personales
Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales.
Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal.
Personas, muestras o tejidos de procedencia humana
Ley 41/2002 básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica.
Ley 14/2007, de 3 de julio, de investigación biomédica.
Ley 42/1988 de 28 de diciembre de donación y utilización de embriones y fetos humanos o sus células, tejidos u órganos.
Real Decreto 1716/2011, de 18 de noviembre, por el que se establecen los requisitos básicos de autorización y funcionamiento de los biobancos con fines de investigación biomédica y del tratamiento de las muestras biológicas de origen humano, y se regula el funcionamiento y organización del registro Nacional de Biobancos para investigación biomédica.
Real Decreto 1090/2015, de 4 de diciembre, por el que se regulan los ensayos clínicos con medicamentos, los Comités de Ética de la Investigación con medicamentos y el Registro Español de Estudios Clínicos.
Declaración de Helsinki de la Asociación Médica Mundial
Declaración Universal sobre el Genoma Humano y los Derechos humanos.
Agentes biológicos
Real Decreto 664/1997, de 12 de mayo, sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes biológicos durante el trabajo.
Organismos modificados genéticamente
Ley 9/2003, de 25 de abril, por la que se establece el régimen jurídico de la utilización confinada, liberación voluntaria y comercialización de organismos modificados genéticamente.
Real Decreto 178/2004, de 30 de enero, por el que se aprueba el Reglamento general para el desarrollo y ejecución de la Ley 9/2003, de 25 de abril, por la que se establece el régimen jurídico de la utilización confinada, liberación voluntaria y comercialización de organismos modificados genéticamente.
Inteligencia Artificial
Informe – A9-0088/2022, Sobre la inteligencia artificial en la era digital (Parlamento Europeo).
Directiva 2000/43/CE sobre igualdad racial, la Directiva 2000/78/CE sobre igualdad de trato en el empleo y la ocupación, y las Directivas 2006/54/CE y 2004/113/CE relativas a la igualdad de trato entre mujeres y hombres con relación al empleo y el acceso a los bienes y servicios. Esto es debido a la necesidad de prevenir que el uso de determinados algoritmos de la IA de lugar a prejuicios raciales o de género, y prevea una probabilidad distinta en función de criterios como el género o la raza.
Formulario de solicitud de modificación en protocolos de proyectos ya evaluados
Solo para los casos en los que se desee introducir alguna modificación en el protocolo de un proyecto ya evaluado anteriormente por los Comités de Ética de la Investigación y de Bioseguridad de la UNNE, puede cumplimentar un formulario simplificado en el que sólo será necesario incluir los cambios propuestos.
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